Municipio de Villa Pesqueira Sonora

Artículo 70

Obligaciones aplicables.

Fracción XLVIIb.- Solicitud de telecomunicaciones Solicitudes de intervención de comunicaciones

Los sujetos obligados del poder judicial de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal [o delegacional]) que tengan en sus atribuciones, la seguridad, procuración, impartición o administración de justicia, publicarán un listado de las solicitudes de intervención de comunicaciones privadas, una vez que haya concluido el trámite de la solicitud.

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